Contar con un seguro para el retiro es una excelente opción para las personas que tienen AFORE, y es aún mejor para quienes no cuentan con ninguna cuenta de ahorro seguro para su vejez.

Seguro para el Retiro:

El Seguro para el Retiro o Jubilación es un instrumento financiero de ahorro fijo que ofrecen las compañías aseguradoras, el cual garantiza la cantidad de dinero que tu hayas seleccionado para recibirlo cuando llegues a la edad de tu jubilación (comúnmente a los 65 años).

Tiene como principal atractivo que puedes ahorrar para tu jubilación, (adicionalmente a la cuenta de AFORE, si es el caso), con ventajas fiscales y con un componente de cobertura para que, como en cualquier seguro de vida, en caso de que fallezcas o sufras de invalidez, tú y tus beneficiarios cuenten con un respaldo financiero.

Tú decides cuanto quieres para tu retiro (Suma Asegurada), en base a eso y tu edad, se calcula cuanto tienes que aportar año con año, cantidad que se puede cotizar en dólares o UDIs.

Lo ideal es contratar tu Póliza de Seguro para el Retiro entre más joven eres, pues así tendrás muchos años para ahorrar con menos esfuerzo, y hasta contratar una cantidad mayor, porque podrás cumplir con tu pago cómodamente.

UDI:

El UDI es una unidad de medida que no pierde valor pese a la inflación.

Beneficios:

Tú decides cuánto recibirás a la edad de tu retiro, desde el día de contratación.

El pago de tu seguro para el retiro es fijo (No aumenta con la inflación) durante todo el contrato: puedes pagar por mes, cada tres, cada seis meses o de forma anual.

Es importante mencionar que en estos seguros también se incluye el Seguro de Vida. En caso de fallecimiento antes de la edad de jubilación, tus beneficiarios recibirán el monto que se pactó en la Póliza del Seguro para el Retiro.

El Seguro para el Retiro o Jubilación está exento de impuestos: No pagarás impuestos y podrás retirarlo en una sola exhibición o en un plan de renta mensual, si retiras tu dinero a la edad de 65 años.

Es importante saberlo porque hay otros instrumentos financieros llamados PPR (Plan Personal de Retiro) que sí deben pagar impuestos al llegar el plazo establecido.

Consideraciones adicionales:

** De acuerdo con el artículo 151 frac. V de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, el asegurado podrá hacer la prima deducible de impuestos, hasta por 5 Salarios Mínimos Generales Anuales.**

** O bien, de acuerdo con el artículo Art. 185 de la misma Ley, se podrá hacer deducible de impuestos, hasta $152,000 MXN (Monto vigente a 2020) como deducción máxima por el retiro total de la Suma Asegurada al finalizar la póliza de Seguro para el Retiro o Jubilación. **

Es importante mencionar que el seguro para el retiro fue diseñado para que su contrato dure toda la vigencia (sin cancelarse), es decir:

Tener una visión de largo plazo en la cual estás plenamente consciente y convencido de que estas construyendo hoy el futuro del que disfrutaras en tu retiro.

Así como de contar con la tranquilidad y seguridad de un respaldo financiero para ti y tus seres queridos en caso de que fallezcas o sufras de invalidez, antes de llegar a la edad de tu retiro.

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